jueves, 6 agosto, 2026

Rosales: los pedidos de intervención federal requieren gravedad institucional acreditada

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La presidenta de la Corte de Justicia de Catamarca, María Fernanda Rosales, se refirió al uso de los pedidos de intervención federal, al proceso de desafuero, al sistema de protección de menores y a la comunicación responsable en casos que involucran a niños.

La presidenta de la Corte de Justicia de Catamarca, María Fernanda Rosales, declaró que los pedidos de intervención federal a los poderes provinciales deben basarse en causales de extrema gravedad institucional debidamente acreditadas. La magistrada se expresó en una entrevista en el programa Fuego Cruzado, de Radio Ancasti.

Rosales afirmó que la intervención federal es una medida excepcional prevista por la Constitución Nacional y que su tratamiento corresponde al Congreso de la Nación. Sostuvo que no debe utilizarse como una herramienta de disputa política. En ese sentido, señaló: «La utilización de estas gravedades institucionales livianamente, por cuestiones políticas o ajenas a la verdadera situación institucional de una provincia, nos tiene que llamar a la reflexión sobre nuestra responsabilidad».

La titular del máximo tribunal provincial indicó que los funcionarios públicos deben ser cuidadosos al referirse al funcionamiento de las instituciones, ya que «las personas confían o no en esas instituciones también de acuerdo a cómo nosotros planteamos las cosas». Consideró que la crítica es válida, pero debe estar «fundada, ser constructiva y acorde a la gravedad de los planteos».

Proceso de desafuero

Rosales explicó el procedimiento para los pedidos de desafuero de funcionarios. Detalló que el trámite comienza con una denuncia por la presunta comisión de un delito. El fiscal evalúa si existen elementos para requerir una investigación judicial y, de ser así, solicita la intervención del juez de Garantías. Este último analiza si corresponde avanzar con el procedimiento y eventualmente remitir el pedido a la Cámara correspondiente. La decisión final sobre el desafuero corresponde al Poder Legislativo.

«La investigación inicial no tiene que ver con determinar si la persona es culpable o no, sino con establecer si existen méritos suficientes para solicitar el desafuero y profundizar la investigación», afirmó. A título personal, sostuvo que cualquier funcionario acusado de un ilícito penal debería ponerse a disposición de la Justicia. «Si somos funcionarios públicos, deberíamos ser los primeros en someternos a la ley, a la Constitución y a los tratados internacionales», declaró.

Protección integral de niños y adolescentes

En relación con el sistema de protección de niños, niñas y adolescentes, Rosales indicó que ante una situación de vulneración de derechos, la primera intervención corresponde a la Secretaría de Familia. Ese organismo debe evaluar las medidas necesarias para preservar al menor dentro de su entorno familiar cuando sea posible. Posteriormente, los juzgados de Familia realizan el control de legalidad de esas decisiones.

La magistrada advirtió que no todos los municipios cuentan con sistemas locales de protección, situación que representa una vulneración de derechos al dificultar el acceso de niños y adolescentes a los mecanismos de asistencia. También planteó la necesidad de avanzar en la implementación efectiva de la figura del abogado del niño, prevista por la legislación vigente.

Comunicación responsable

En cuanto a la difusión pública de casos que involucran a menores, Rosales sostuvo que informar es necesario, pero debe hacerse de manera responsable y respetando la legislación vigente. Recordó que la ley prohíbe divulgar imágenes, identidades o datos que permitan identificar a niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos o situaciones de vulneración.

«Comunicar responsablemente es lo mejor que nos puede pasar. Pero en esa comunicación no nos podemos llevar puestos a los niños, niñas y adolescentes. Ellos también tienen derechos», finalizó.

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