La causa se tramita en el Fuero Penal Juvenil y la familia de la víctima afirmó que buscaba evitar un proceso penal con el desgaste emocional que implica. El fiscal Guillermo Narváez imputó a tres adolescentes y la Cámara de Apelaciones debe resolver planteos de nulidad y una apelación.
La causa penal iniciada tras la denuncia por la difusión no consentida de un video íntimo de una adolescente se encuentra en una etapa de definiciones en el Tribunal Penal Juvenil. La madre de la víctima se pronunció públicamente para aclarar los alcances de las decisiones adoptadas en el expediente.
En una publicación, la madre señaló que el intento de alcanzar un acuerdo de reparación integral, gestado meses atrás en los inicios de la investigación, no perseguía fines punitivos. Según precisó, la meta principal fue desde un comienzo «evitar que los adolescentes involucrados y sus respectivas familias tuviéramos que atravesar un proceso penal, con el desgaste emocional y el sufrimiento que ello implica».
La madre enfatizó que en aquel momento no existía una declaración formal de responsabilidad penal sino únicamente una denuncia en curso. Aclaró que la voluntad de arribar a una solución consensuada «no implicaba reconocer culpabilidades, sino procurar siempre una salida al conflicto respetando los derechos y garantías constitucionales de todos los menores».
La investigación es impulsada por el fiscal Penal Juvenil Guillermo Narváez, quien imputó a tres chicos por los presuntos delitos de «producción de representaciones de una persona menor de 18 años dedicada a actividades sexuales explícitas en concurso real con distribución de representaciones de una persona menor de 18 años dedicada a actividades sexuales explícitas». Los imputados aún no fueron indagados.
Según fuentes consultadas, el fiscal Narváez no estaba de acuerdo con extinguir la acción penal mediante una reparación económica, porque el protocolo de actuación de la Procuración General se lo impide en este tipo de delito.
En el plano procesal, el expediente se remitió a la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos, en la órbita del Tribunal Penal Juvenil, que debe resolver dos planteos. Por un lado, las nulidades interpuestas por las defensas técnicas de dos de los adolescentes imputados. Por otro, la apelación presentada por el representante legal de un joven que fue excluido como parte querellante, aunque sí fue reconocido como «ofendido». La resolución del Tribunal de Alzada resultará decisiva para confirmar o anular, de manera total o parcial, actuaciones realizadas hasta la fecha y fijar la situación de las partes legitimadas para intervenir en el proceso.
