jueves, 10 septiembre, 2026

A 15 años de la Tragedia de la Alcaidía: dos fallos civiles y ninguna condena penal

Noticias Relacionadas

Ningún acusado fue juzgado por el incendio del 9 de septiembre de 2011 en el que murieron cuatro adolescentes. La Justicia civil condenó al Estado provincial en dos sentencias, en 2021 y 2026. La causa penal está cerrada por insubsistencia de la acción y a la espera de una definición de la Corte Suprema de la Nación.

Del incendio del 9 de septiembre de 2011 transcurrieron 15 años sin que ningún acusado fuera juzgado por la muerte de cuatro adolescentes en la Alcaidía de Menores de Catamarca. La causa penal quedó cerrada por insubsistencia de la acción, a la espera de que la Corte Suprema de la Nación resuelva si reabre esa instancia. La Corte de Justicia de Catamarca ordenó investigar a los operadores judiciales responsables de la mora. En paralelo, las familias obtuvieron dos sentencias civiles, en 2021 y 2026, que condenaron al Estado provincial a indemnizar a los padres de dos de las cuatro víctimas por la falta de custodia y las condiciones de seguridad de la Alcaidía.

El hecho

En la Alcaidía de Menores, cuatro adolescentes compartían una celda la tarde del 9 de septiembre de 2011. Eran Franco Ezequiel Nieva (16), Nelson Alfredo Orlando Molas (17), Nelson Nahuel Fernández (15) y Franco Alejandro Sosa (16). Llevaban varios días privados de la libertad. Colocaron un colchón en la puerta de la celda y lo encendieron como forma de protesta. Los cuatro murieron calcinados.

Por homicidio culposo agravado por el número de víctimas fatales fueron imputados cuatro policías: Juan Carlos Reyes, Adrián Antonio Mansilla, Luis Alberto Leiva y Adriana del Valle Galván. También fue imputado un quinto policía, Carlos Daniel Leiva, fallecido en 2019 antes de la resolución de la causa. Por incumplimiento de los deberes de funcionario público fueron imputadas las entonces juezas de Menores Ilda Figueroa y Ana María Nieto, junto con el entonces ministro de Gobierno y Justicia, Javier Silva.

Primera etapa

En agosto de 2015 el fiscal Miguel Mauvecín dio por finalizada la investigación y elevó la causa a juicio. El expediente quedó en el Juzgado Correccional de Primera Nominación, a cargo del juez Marcelo Forner. En septiembre de 2016, el juez de Control de Garantías de Tercera Nominación, Ramón Porfirio Acuña, sobreseyó total y definitivamente a las exjuezas Ilda Figueroa y Ana María Nieto; ese mismo año Javier Silva fue sobreseído por prescripción. La causa quedó circunscripta a los cuatro policías imputados por homicidio culposo. En febrero de 2018 el expediente quedó en condiciones de celebrar el juicio oral. El debate no se realizó: en marzo de 2020 se fijó la primera fecha de audiencia, que fue suspendida tras un planteo de probation de las defensas. Fue la primera de siete audiencias fijadas y suspendidas hasta 2023.

Llamados y suspensiones

En febrero de 2021, la jueza Civil de Cuarta Nominación, Silvina Millán, falló a favor de Ana Mariel Mendoza, madre de Franco Sosa, y condenó al Estado provincial a pagarle $783.116,16 en concepto de daño patrimonial —lucro cesante y pérdida de chance—, más $1.000.000 adicionales. La magistrada sostuvo que, al privar de la libertad a una persona, «el Estado asume la obligación de su custodia», y cuestionó la falta de una requisa exhaustiva —que permitió que uno de los adolescentes tuviera un encendedor—, la demora en sofocar el incendio y las condiciones edilicias de la Alcaidía.

El 6 de agosto de 2021 se fijó una nueva audiencia penal, suspendida por pedido fiscal. El 16 de marzo de 2022 se fijó la tercera, suspendida de oficio por el tribunal; el 7 de junio, un cuarto pedido fiscal volvió a postergarla. En julio de 2022, la familia de Nelson Nahuel Fernández inició su demanda civil por daños y perjuicios y daño moral contra el Estado provincial. La Fiscalía de Estado, a cargo de Marcos Denett, no contestó la demanda en el plazo conferido, y en agosto la familia amplió la demanda con nuevas pruebas y documentación. El 25 de julio y el 3 de agosto de 2022 se produjeron la quinta y sexta suspensión: la primera por nuevo pedido fiscal, la segunda por pedido conjunto de la defensa y la querella. El 21 de marzo de 2023 se fijó la séptima audiencia, que se suspendió como las anteriores. Desde entonces, el Ministerio Público Fiscal no volvió a impulsar la causa.

Expediente civil

En marzo de 2023, en la causa civil de la familia Fernández, el Estado provincial vio declarado decaído su derecho a contestar la demanda. El 28 de abril, por decreto, se confirmó que no había intervenido en el proceso a término. En junio, en una audiencia preliminar, los abogados del Estado Tomás Hugo Aibar y Noemí Beatriz Denett cuestionaron esa extemporaneidad alegando que no habían sido vinculados al expediente digital; la Justicia rechazó el planteo y constató que los letrados no habían solicitado en tiempo y forma la subsanación de esa falta.

Últimos sobreseídos

El 28 de noviembre de 2025, después de 14 años del hecho, 10 desde la elevación a juicio y siete desde que la causa estaba lista para el debate, la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca —integrada por los ministros Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño— hizo lugar al recurso de casación de la defensa de Mansilla y Leiva, declaró la insubsistencia de la acción penal por vulneración del derecho a ser juzgado en un plazo razonable y sobreseyó a los cuatro policías imputados. La Sala Penal responsabilizó al Ministerio Público Fiscal por la parálisis del expediente: «Nunca impulsó la acción de la que es titular», fue «artífice de varias suspensiones» de audiencias, y desde la última fijada no volvió a impulsar la causa. También señaló al Poder Judicial como «parte responsable de la desidia, inacción y falta de voluntad evidenciadas» en los años en que la causa estuvo lista para el debate sin que este se concretara, y ordenó remitir las actuaciones a la Secretaría de Sumarios «para que se inicien las tareas dirigidas a determinar la responsabilidad de quienes actuaron en el proceso».

Otra vía

El 26 de junio de 2026, la Sala Penal rechazó por unanimidad el recurso extraordinario federal planteado por la fiscal Correccional de Primera Nominación, Cynthia Romero, para intentar llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Romero había argumentado la «situación de vulnerabilidad» de las víctimas y la gravedad institucional del caso, con el aval del procurador General Tristán Lobo; la Sala sostuvo que quien contribuyó de modo decisivo a generar la mora no puede invocarla luego como agravio constitucional. Con esa resolución, la vía recursiva local quedó cerrada. El Ministerio Público Fiscal recurrió directamente a la Corte Suprema mediante un recurso de queja, que ingresó formalmente el 14 de julio de 2026. La discusión de fondo que deberá resolver el máximo tribunal gira en torno al concepto de «plazo razonable» y a quién corresponde la responsabilidad por la mora. El planteo se inscribe en una línea que la propia CSJN viene consolidando: en los últimos dos años ordenó a los superiores tribunales de Santa Fe y Tucumán evaluar sanciones disciplinarias a jueces que «durmieron» causas con víctimas de grupos vulnerables, al sostener que «la desidia judicial agrava el daño que se le ha ocasionado a la víctima».

Lo que resolvió la Justicia civil

El 27 de agosto de 2026, casi 15 años después del hecho y mientras la causa penal seguía a la espera de una definición de la Corte Suprema de la Nación, la jueza Civil de Quinta Nominación, María Lucía Cano, condenó al Estado provincial a pagar $156.777.575 más intereses a la familia de Nelson Fernández: $56.777.575,3 por pérdida de chance de ayuda económica futura y $100.000.000 por daño moral, más las costas del expediente. La jueza retomó el estándar de responsabilidad estatal reforzada por custodia aplicado en la sentencia de 2021, y remarcó que la demora de la Fiscalía de Estado en esta causa civil —ocho meses para tomar intervención en el expediente y una contestación finalmente declarada extemporánea— repite un patrón de deficiente gestión ya señalado en otros expedientes en los que intervinieron los mismos abogados.

Las víctimas

Franco Ezequiel Nieva (16), Nelson Alfredo Orlando Molas (17), Nelson Nahuel Fernández (15) y Franco Alejandro Sosa (16) llevaban varios días privados de la libertad en la Alcaidía de Menores. Colocaron un colchón en la puerta de la celda y lo encendieron como forma de protesta. Los cuatro murieron calcinados.

Últimas Publicaciones