El tribunal cuestionó la falta de fundamentación del juez de Garantías y la valoración parcial de las pruebas. La defensa de Ibáñez renunció a la casación y espera un nuevo pronunciamiento.
La Cámara de Apelaciones anuló el Auto Interlocutorio del Juzgado de Control de Garantías nº1 que había dictado el sobreseimiento de Paulo Ibáñez en la causa del Registro de la Propiedad, donde se investiga una supuesta maniobra irregular vinculada a Edgar Adhemar Bacchiani. La decisión fue tomada el 13 de agosto y los fundamentos se conocieron esta semana.
El tribunal, integrado por los jueces Rosa Elena Berrondo Isi, Horacio Brizuela y Jorge Palacios, determinó que el juez Santiago Ahumada Franzini no realizó una valoración integral de las pruebas y no explicó de manera racional por qué descartaba los indicios de culpabilidad. Entre las pruebas no consideradas, se mencionan testimonios de tres empleadas, un informe técnico que indicó que el sistema informático no tuvo fallas en el período investigado, y un informe del propio Ibáñez que reconocía una omisión en la carga de información sobre la compra de dos inmuebles por parte de Bacchiani.
La Cámara también señaló una contradicción: mientras las coimputadas Norma del Valle Bravo y Andrea Beatriz Pacheco fueron elevadas a juicio como coautoras, Ibáñez fue sobreseído sin fundamentar la diferencia probatoria decisiva. El tribunal sostuvo que esa falta de explicación afecta el principio de razón suficiente y dificulta el control de coherencia interna del fallo.
El viernes, la defensa de Ibáñez renunció a la posibilidad de recurrir en casación, confiando en que el juzgado dictará una nueva resolución con la fundamentación requerida. El próximo martes asumirá el nuevo juez en el cargo, Jonathan Felsztyna.
