sábado, 12 septiembre, 2026

Juicio por jurados contra madre e hija por intento de homicidio en El Bañado

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El 28 de septiembre, María Eugenia Castro, María Gilda Márquez y Facundo Ariel Monasterio serán juzgados por el intento de homicidio de Roxana Murúa, ocurrido en enero de 2025 en Valle Viejo. Las dos mujeres permanecen detenidas en la Unidad Penitenciaria Nº 2.

El próximo 28 de septiembre se llevará a cabo un juicio por jurados en la sala de debates de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial de Catamarca. En el debate oral y público serán juzgados María Eugenia Castro (madre), María Gilda Márquez (hija) y Facundo Ariel Monasterio por el presunto delito de «homicidio calificado por alevosía en grado de tentativa» en perjuicio de Roxana Murúa.

El hecho ocurrió en enero de 2025 en el Salón de Usos Múltiples del Barrio 140 Viviendas, en El Bañado, Valle Viejo. Según la investigación, todo se originó por una discusión entre el hijo de Murúa, de 13 años, y un adolescente de 16, quien luego regresó al lugar junto con Márquez, Castro y Monasterio. Los sospechosos portaban varillas de hierro y Márquez habría llevado un cuchillo tipo «sierrita». Cuando Murúa intentó proteger a su hijo, Castro la habría golpeado en la mandíbula y en la nuca con un fierro, mientras Márquez la habría apuñalado varias veces, entre ellas en el tórax. Murúa fue internada en terapia intensiva con asistencia respiratoria mecánica.

La causa fue remitida al Tribunal Penal Juvenil debido a la presunta participación de un adolescente. La investigación estuvo a cargo del fiscal Guillermo Narváez. La Cámara de Apelación Penal Juvenil sobreseyó al chico imputado y la causa fue elevada a juicio con tres acusados adultos. Durante la audiencia de admisión de evidencias, el fiscal de Cámara Augusto Barros mantuvo la teoría del caso.

El camarista Miguel Lozano Gilyam es el juez director del juicio. Para la ocasión, se seleccionarán, con paridad de género, a 12 jurados titulares y cuatro suplentes entre un grupo de 90 jurados preseleccionados.

María Eugenia Castro y María Gilda Márquez están detenidas desde enero de 2025 con prisión preventiva en la Unidad Penitenciaria Nº 2, conocida como Correccional de Mujeres. Habían solicitado el cese de la detención o la prisión domiciliaria, pero el planteo no prosperó.

Según un acta del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) con fecha del 29 de junio, se registró un incidente en el pabellón de imputadas: Márquez y Castro arrojaron sillas, mesas y elementos personales por el pasillo, profirieron amenazas contra el personal y agredieron físicamente a varias agentes con golpes de puño y patadas. Castro, según consta en el acta, intentó además atacar con un cepillo de dientes afilado en punta. El hecho derivó en la sedación de ambas por vía intramuscular. Se suman al menos seis denuncias penales cruzadas presentadas esa misma noche por integrantes del personal penitenciario ante la Unidad Judicial Nº 5.

Tras el episodio, el SPP catamarqueño gestionó cupo en La Rioja, que respondió afirmativamente el pasado 2 de julio. La institución riojana se encuentra en condiciones de dar alojamiento transitorio por tres meses, prorrogable, condicionado a que las internas respeten la disciplina interna. El pedido invocó «conductas reiteradas de inadaptación al régimen interno vigente» que, según el escrito, comprometen la seguridad, la disciplina y el orden del establecimiento, en los términos de la Ley Nacional 24.660 de Pena Privativa de la Libertad. Ante esta situación, el fiscal de Cámara Augusto Barros pidió que madre e hija acusadas sean alojadas en la Comisaría de la Mujer.

El juez Lozano Gilyam rechazó el pedido del SPP de trasladarlas al Servicio Penitenciario de La Rioja, como el planteo del fiscal de Cámara Augusto Barros de alojarlas en la Comisaría de la Mujer. Además, la Sala Penal de la Corte de Justicia rechazó, por mayoría, el recurso de casación presentado por la defensa, que había solicitado el cese de prisión preventiva.

Los ministros Martel y Saldaño sostuvieron que la resolución cuestionada había dado razones concretas y suficientes —el intento de fuga en los primeros momentos de la investigación, el ocultamiento de elementos del delito y el carácter violento del hecho atribuido— y que la defensa no logró rebatirlas con fundamentos jurídicos válidos. Los votos de ambos ministros confirmaron que las imputadas seguirán detenidas hasta el juicio por jurados.

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