La Agencia de Recaudación Catamarca, por medio de Catastro y del Registro de la Propiedad Inmobiliaria, concretó, en el marco de un trámite iniciado por la Municipalidad de Tinogasta, la inscripción de un Derecho Real de Superficie, la primera que tiene lugar en la historia registral de Catamarca, e iniciada por un municipio.
Este hecho constituye un hito institucional, que se enmarca en la implementación de una reglamentación específica y en la creación de un nuevo formato de matrícula registral (submatrícula) destinada a la toma de razón de esta figura jurídica, prevista en el Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 2114 a 2128).
En esta oportunidad, la Municipalidad de Tinogasta constituyó el derecho real de superficie a favor de una empresa privada, con el objeto de que ésta pueda llevar adelante la construcción de una estación de servicio en terrenos municipales.
Para la tramitación registral, fue indispensable la intervención de ARCAT, a través de Catastro, que generó una nomenclatura catastral especial para parcelas destinadas a este derecho, garantizando la correcta individualización física del objeto.
El Director Ejecutivo de ARCAT, Ing. Pedro Monferrán, destacó: “En los tiempos de hoy, tenemos que utilizar todas las herramientas jurídicas de índole territorial que estén a nuestro alcance y las instituciones tenemos que brindar los accesos y proponer soluciones. El derecho real de superficie es sin lugar a dudas una herramienta estratégica para desarrollo territorial y económico de la provincia”.
Este mecanismo jurídico permitió que el municipio mantenga la titularidad del dominio del suelo, al tiempo que la empresa recibe un derecho real autónomo sobre lo que construya, pudiendo explotarlo y disponer de ello durante el plazo fijado. Finalizado dicho plazo, las construcciones revertirán al patrimonio municipal, sin necesidad de nuevas gestiones y con plena seguridad jurídica.
La inscripción de este derecho abre un camino al desarrollo local impulsando a la inversión: el superficiario puede disponer, transferir o gravar lo construido, lo que facilita el acceso al crédito y fomenta el desarrollo productivo.
Este sistema tiene plazos amplios y predecibles: hasta 70 años para construcciones y 50 para forestaciones y plantaciones, lo que otorga estabilidad a proyectos de gran escala. Además, facilidad de transmisión y financiamiento, ya que, al ser un derecho real autónomo, puede ser transmitido y utilizado como garantía, habilitando negocios y operaciones de largo alcance.
Y otorga seguridad para el titular del suelo, ya que, vencido el plazo, el propietario recupera la plena propiedad del suelo incluyendo lo edificado o forestado, pudiendo pactar una indemnización
El Derecho Real de Superficie se presenta como una herramienta moderna y estratégica, que posibilita el aprovechamiento del suelo sin desprenderse de su titularidad, promoviendo la inversión privada en beneficio de la comunidad.
Este logro refleja el compromiso del Gobierno de la Provincia con la innovación normativa y tecnológica, y la articulación permanente entre ARCAT y los Municipios, consolidando una gestión orientada a promover la inversión, el desarrollo y el crecimiento de toda la comunidad.