Los abogados defensores de Gabriel Leiva y Emanuel Agüero, quienes fueron condenados a 10 años de prisión por “abuso sexual con acceso carnal” en mayo de 2023, presentaron un recurso de casación contra esa sentencia. En la audiencia de expresión de agravios, efectuada el pasado 11 de abril en la Corte de Justicia, expusieron sus argumentos.
En la ocasión, ante la Sala Penal, a cargo de los ministros Fabiana Gómez, Miguel Figueroa Vicario y José Cáceres, estuvieron presentes el fiscal de la Cámara de Penal de Primera Nominación, Alejandro Dalla Lasta Baroni, la víctima querellante asesorada por el abogado Sebastián Ibáñez y los defensores Luciano Rojas y Pedro Justiniano Vélez.
La defensa recordó ante los integrantes de la Sala que anteriormente se hizo lugar al recurso de casación en forma parcial. La anterior integración de la Sala Penal –conformada por los ministros Hernán Martel, Fernanda Rosales Andreotti y Verónica Saldaño- ordenó al Tribunal que condenó que fundamente debidamente el fallo contra Leiva y Agüero.
Efectivamente, los magistrados consideraron que el fallo debía contar con argumentos y fundamentos suficientes como para sostener la sentencia, y lo remitieron para que el juez que emitió sentencia complete su dictamen.
En este contexto, los defensores plantearon que debe declararse la nulidad de la nueva fundamentación. Consideraron que el Tribunal del juicio no tendría que haber realizado la nueva fundamentación con los jueces que dictaron esa sentencia, asegurando que ellos ya se formaron una opinión y que deberían ser otros los jueces los que emitan un nuevo dictamen.
Es decir, pidieron la nulidad de la sentencia nuevamente fundamentada que la Cámara remitió a la Sala Penal, basándose en una supuesta violación de las garantías constitucionales de la imparcialidad del juzgador. También solicitaron que los dos condenados sean absueltos por el beneficio de la duda.
Rechazo
Teniéndose en cuenta que la Sala Penal de la Corte devolvió la sentencia a la Cámara para que fundamente debidamente la sentencia, no para que se haga un nuevo juicio, el fiscal de esa Cámara y la querella advirtieron que el expediente debería ser enviado a un nuevo tribunal en caso de que la sentencia sea anulada para que realice un nuevo juicio.
Fuentes judiciales explicaron que, así formulado, el planteo no debería haber sido admitido. Además, se señaló que cuando la sentencia volvió al Tribunal del Juicio, las defensas deberían haber recusado a los jueces haciendo foco en ese mismo planteo, cosa que no sucedió.
En este contexto, la Fiscalía y la querella se opusieron al planteo y al pedido de absolución, y solicitaron que la sentencia quede firme.
Lo que sigue
Terminada la audiencia de expresión de agravios, los ministros del tribunal revisor pasaron a un cuarto intermedio y se espera que en los próximos días emitan su dictamen. Si la Sala Penal confirma la condena, los dos acusados no serán detenidos porque aún les queda el recurso extraordinario para presentar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Para acceder a este recurso, las defensas contarán con 10 días hábiles a partir de que se les notifique el veredicto de la Corte local. Ese recurso deberá ser presentado ante el supremo tribunal de Justicia catamarqueño, que deberá resolver si les habilita el acceso a la Corte Suprema. Para cumplir con este trámite la Corte de Catamarca no tiene un plazo de tiempo establecido. Si eventualmente se les deniega el acceso a la Corte Suprema, podrán recurrir a ella para que declare mal denegado el recurso, presentando una queja.
Como esa queja no suspende la medida de la Corte de Catamarca, la sentencia quedaría firme y los dos condenados deberían ser enviados al penal para cumplimiento de condena. El recurso de queja por denegación no tiene efecto suspensivo de una condena de cumplimiento efectivo.