sábado, 19 abril, 2025

Uber y las generales de la ley

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El éxito de la plataforma Uber se basa en las dificultades que tiene el Estado para aplicarle las regulaciones impuestas al transporte público en general, lo que le permite operar a costos bajísimos vinculando a usuarios y conductores, en una situación de asimetría con el resto de los operadores del transporte, que deben registrarse y pagar impuestos.

La tensión entre conductores de Uber y empresas de taxis y remises que volvió a estallar esta semana reinstaló una controversia cuya salida es muy compleja por intereses en juego que tienen que ver con ingresos de trabajadores.

A todas las partes les asiste algo de razón, de modo que todas deberían ceder algo para congeniar una salida. El desafío para el Estado es equilibrar la cancha para una competencia que promueva un mejoramiento del servicio, pero hay un inconveniente: ¿quién representará a Uber en la mesa de discusión para establecer las reglas? Se trata de una aplicación digital.

Independientemente de la opinión que se tenga sobre el servicio que brindan taxistas y remiseros, hay que considerar que tienen que vérselas con una organización de orden internacional renuente a sujetarse a las leyes argentinas, con espaldas para resistir procesos judiciales, sin carga tributaria y que no está obligada a responder por eventuales conflictos entre conductores y pasajeros, accidentes incluidos.

Para equiparar las cargas, el Estado en cualquiera de sus niveles debería eximir a taxistas y remiseros de sus obligaciones, cosa a todas luces absurda.

Por otro lado están los usuarios, que tienen derecho a acceder a servicios más económicos y de mejor calidad.

Es indudable que la solución del problema no vendrá por el lado de la represión y persecución de los conductores de Uber, a quienes no puede considerarse al margen de la ley sin entrar en litigios judiciales simplemente porque no hay ley específica. Existe un vacío legal cuya cobertura ha comenzado a abordarse en algunos municipios y provincias, pero requiere una perspectiva más amplia, incluso nacional.

Tarea para el Congreso: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció en 2017 que Uber es un servicio de transportes, no un simple intermediario basado en una aplicación tecnológica para celulares.

Un ejemplo paradigmático de los problemas devenidos del desembarco de la plataforma en la Argentina es el de Córdoba.

El Tribunal Superior de Justicia de esa provincia autorizó a principios de este mes el funcionamiento de Uber en la ciudad capital, pero ordenó que la empresa y los choferes cumplan con una serie de requisitos establecidos en la misma sentencia y otros que eventualmente fije “la Dirección de Transporte y Servicios Públicos”.

Es el desenlace de un litigio iniciado hace cuatro años en el que se destaca un elemento que está en sintonía con fallos de otros distritos: Uber y cualquier plataforma por el estilo debe someterse a las generales de la ley porque son servicios de transporte público y por consiguiente deben ser regulados. La discusión en tal sentido parece estar zanjada.

La sentencia obliga a crear un registro de las aplicaciones, los vehículos y los choferes. Las aplicaciones tendrán que inscribirse para pagar impuestos en Arca, Ingresos Brutos, Comercio e Industria, tener una sede en la ciudad de Córdoba y una habilitación de negocio. El municipio propondrá que los conductores tengan ART y licencia profesional y que no sean deudores alimentarios ni estén en registros de agresores sexuales.

La Legislatura de Mendoza sancionó ya en 2018 la Ley de Movilidad que regula el “transporte privado por plataforma”. Las compañías deben operar con conductores con registros profesionales, inscriptos en un registro provincial y con CUIT, y asegurar 12 horas diarias de descanso. Se exigen autos registrados, con verificación técnica vehicular y de no más de cinco años de antigüedad, con un seguro especial. El Estado cobra además un canon por el uso de la infraestructura vial pública.

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