La jueza Cecilia Mas Saadi hizo lugar a una medida cautelar y dispuso que el colegio garantice su educación a distancia, con acceso a clases y evaluaciones.
La jueza de Control de Garantías N° 2, Cecilia Mas Saadi, hizo lugar a la medida cautelar presentada por la alumna del Colegio Privado Pía Didoménico que se encuentra investigada por un caso de bullying y ordenó que continúe su trayectoria educativa en esa institución, sin necesidad de ser trasladada a otro establecimiento.
A través de la resolución, la magistrada suspendió provisionalmente los efectos de la disposición interna del nivel secundario que establecía su reubicación en otro colegio y la instrumentación del pase escolar. De esta manera, el establecimiento deberá mantener su condición de alumna regular de sexto año y garantizar la continuidad de sus estudios mediante una modalidad virtual, a distancia o algún otro dispositivo pedagógico no presencial.
La medida tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva o hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, lo que ocurra primero.
Entre las obligaciones impuestas al Instituto Privado Pía Didoménico, la jueza estableció un plazo máximo de 24 horas desde la notificación para que adopte las medidas académicas y organizativas necesarias para garantizar la continuidad pedagógica de la estudiante.
En ese sentido, la institución deberá habilitarle el acceso a los contenidos, materiales, actividades, clases y comunicaciones necesarias para completar el año escolar. También tendrá que informarle el cronograma de evaluaciones, trabajos prácticos, recuperatorios y las demás instancias académicas pendientes, en condiciones razonables de igualdad y de acuerdo con las exigencias curriculares.
Además, el colegio deberá designar un referente institucional que coordine el proceso educativo y mantenga informada a la alumna sobre las actividades y obligaciones académicas que deberá cumplir.
La resolución también establece condiciones específicas para instrumentar la modalidad de cursado. La continuidad educativa deberá garantizarse sin contacto presencial ni comunicación directa no autorizada entre la alumna investigada y la estudiante afectada por los hechos que motivaron la decisión institucional.
En consecuencia, el establecimiento deberá adoptar medidas para resguardar la privacidad, la intimidad y la integridad de ambas estudiantes.
La magistrada aclaró que la cautelar no habilita a la alumna a acercarse a la otra estudiante, establecer contacto con ella, ya sea de manera directa o indirecta, ni divulgar información, imágenes o datos relacionados con su identidad o con los hechos investigados.
Por último, la jueza dispuso que la medida podrá ser revisada, modificada o dejada sin efecto si aparecen nuevas circunstancias que alteren las condiciones consideradas al momento de resolver.
