En vísperas de la asunción presidencial de José Antonio Kast en Chile, comenzó a circular en círculos mineros una propuesta extraoficial para impulsar una normativa de protección glaciar similar a la que se debate en Argentina, con el objetivo de fomentar nuevas inversiones en proyectos de cobre y litio en la Cordillera de los Andes. Cabe destacar que Javier Milei asistirá a la ceremonia de investidura de Kast y existe la posibilidad de que ambos mandatarios aborden temas vinculados al sector minero.
De acuerdo con información de Reporte Minero, una de las primeras medidas adoptadas por Kast fue una reestructuración institucional en el área económica y minera. El nuevo gobierno decidió fusionar la conducción de las carteras de Minería y Economía, poniendo ambas bajo la responsabilidad de Daniel Mas, una decisión que generó ciertas dudas dentro de la industria debido a su aparente falta de experiencia directa en minería. La agencia Reuters informó que gremios y actores del sector alertaron sobre el riesgo de perder el enfoque técnico en una actividad con desafíos sumamente específicos.
Otro de los puntos críticos que enfrentará la nueva administración será el sistema de permisos. El sector minero lleva años reclamando que los procesos de aprobación ambiental y sectorial son demasiado lentos, costosos y fragmentados.
Chile también apunta a diversificar su base minera. A fines de enero, el país presentó su primera estrategia nacional de minerales críticos, que incluye una lista de 14 recursos considerados prioritarios, entre los que se encuentran cobre, litio, molibdeno, renio, cobalto, tierras raras, antimonio, selenio, telurio, oro, plata, hierro, boro e yodo.
El país trasandino mantiene una posición dominante en la producción de cobre, pero el desafío ya no es solo incrementar la producción, sino sostener la competitividad en yacimientos cada vez más profundos, envejecidos y de menor ley. Por su parte, el litio seguirá siendo un eje de atención prioritario. Chile conserva una posición privilegiada gracias a sus salares de bajo costo, especialmente en la región de Atacama.
Una ley de glaciares para Chile
Además, en el marco de la PDAC 2026 en Canadá, circuló una carta publicada en el Diario Financiero que llamó la atención de quienes siguen el debate regulatorio en la Cordillera. Su autor, el consultor Juan Ignacio Guzmán, gerente general de GEM Mining Consulting, dejó un mensaje claro: Chile necesita ordenar su propia discusión sobre glaciares si pretende competir seriamente por inversiones mineras.
La relevancia del sector es estructural para Chile. Según un análisis sectorial citado por Mining.com, la minería chilena representa aproximadamente entre el 11% y el 12% del PIB, y su impacto supera el 20% si se consideran los efectos indirectos.
El planteo es interesante porque toma como referencia lo que sucede en Argentina. Según Guzmán, la reciente discusión sobre la modificación de la ley de glaciares busca reducir la incertidumbre regulatoria, delimitando con mayor precisión qué se considera ambiente periglacial y priorizando evaluaciones caso por caso basadas en la relevancia hídrica.
La idea –señala Guzmán– no es bajar los estándares ambientales, sino hacerlos más claros y operativos, algo que podría agilizar proyectos sin comprometer la protección del agua.
Al otro lado de la cordillera, advierte, Chile carece de una ley específica sobre glaciares, y en su lugar existe un mosaico de normas que a menudo derivan en interpretaciones cambiantes, judicialización y debates legislativos recurrentes. En otras palabras: reglas difusas que complican las inversiones.
El mensaje final del consultor fue directo al Congreso chileno: reabrir el debate, proteger el patrimonio hídrico, pero también desbloquear proyectos cuando no exista un impacto relevante.
Qué pasa con la ley de glaciares en Argentina
Tras la media sanción en el Senado a la adecuación de la ley de Glaciares, en la Cámara de Diputados se acordó realizar dos audiencias públicas federales durante marzo, por lo que el tratamiento en el recinto se postergaría para abril, prolongando así la discusión política y comunicacional en torno a la nueva normativa.
Tal como indicó el consultor senior en minería Rolando Dávila, una nueva ley de Glaciares basada en la mejor evidencia disponible y gestionada con trazabilidad, transparencia y buena comunicación no es una concesión a la minería, sino la condición para que la protección del agua y el desarrollo de proyectos de cobre y otros minerales puedan convivir en el tiempo.
«La oportunidad de este cambio normativo es dejar atrás una discusión de consignas y pasar a un esquema con información pública clara, diálogo temprano con las comunidades y compromisos ambientales que se puedan controlar», señaló Dávila.
Y agregó que, en el caso de la minería, la clave es marcar un rumbo propio, apoyado en datos y buenas prácticas, que no deje el debate capturado por eslóganes ambientalistas ni por discursos antiminería simplificados; si el sector no ocupa ese espacio con información y compromisos concretos, otros lo harán con relatos que poco tienen que ver con la realidad de los proyectos.
Mientras Argentina intenta ordenar su marco regulatorio para atraer inversiones mineras, en Chile algunos ya empiezan a preguntarse si no llegó la hora de redactar su propia ley de glaciares, y dejar de discutir siempre lo mismo.
Los argumentos principales de la adecuación de la ley de Glaciares
Según se indica en el documento al que accedió Energy Report, estos argumentos buscan garantizar la protección y uso sostenible de los glaciares y las geoformas periglaciares (antes denominadas ambiente periglacial), en línea con la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente.
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Protección de los glaciares y el ambiente periglacial: La ley establece los presupuestos mínimos para preservar los glaciares y el ambiente periglacial como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas. Esto incluye su uso para consumo humano, agricultura, protección de la biodiversidad, investigación científica y turismo.
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Bienes de carácter público: Los glaciares son considerados bienes públicos, y su protección debe ser compatible con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que promueve el uso racional de los recursos naturales para satisfacer las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.
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Inventario Nacional de Glaciares: Se crea un inventario para identificar y monitorear los glaciares y geoformas periglaciales en el territorio nacional, con el objetivo de garantizar su protección y control. Este inventario será obligatorio para las autoridades competentes.
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Principio precautorio: Todos los glaciares y geoformas periglaciales incluidos en el inventario serán protegidos hasta que se verifique, mediante estudios técnico-científicos, que no cumplen con las funciones hídricas mencionadas en el artículo 1°.
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Actividades prohibidas: Se prohíben actividades que puedan alterar de manera relevante la condición natural o las funciones hídricas de los glaciares y el ambiente periglacial, como la liberación de contaminantes, construcción de infraestructura no esencial, exploración y explotación minera e hidrocarburífera, e instalación de industrias.
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Evaluaciones ambientales: Todas las actividades proyectadas en los glaciares y el ambiente periglacial deben someterse a evaluaciones de impacto ambiental previas, con posibilidad de evaluación ambiental estratégica según el grado de intervención. Se garantiza la participación ciudadana en este proceso.
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Autoridades competentes: Cada jurisdicción determinará su autoridad competente para identificar y notificar sobre los glaciares y geoformas periglaciales en su territorio, colaborando con el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) para actualizar el inventario.
