viernes, 1 agosto, 2025

Del Campo y Agulles presentaron hábeas corpus y pidieron la libertad

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La defensa de Mario Rodrigo Del Campo y de Gastón Darío Agulles presentó un hábeas corpus y pidió la inmediata libertad de ambos hombres, que están imputados en el marco de la causa de la banda de los usurpadores. La presentación fue realizada ayer por el abogado Pedro Vélez, quien defiende a Del Campo y a Agulles en el proceso judicial. Fue dirigida al Juzgado de Control de Garantías.

En los fundamentos, Vélez señaló que interpuso el hábeas corpus «por encontrarse actualmente restringida su libertad ambulatoria en forma ilegítima y en virtud de la manifiesta arbitrariedad e ilegalidad de la detención que actualmente sufren mis asistidos, como consecuencia de la prolongación de hecho de su prisión preventiva pese a encontrarse vencida la misma desde el día 27 de julio próximo pasado».

El letrado remarcó que «ha vencido el plazo legal de prisión preventiva dictado por el Juzgado interviniente (Juzgado de Garantías N° 1), sin que se haya dictado resolución que disponga su prórroga en forma legal y motivada, situación que resulta jurídicamente inadmisible y contraria a los principios constitucionales que rigen el debido proceso penal y que implica una prisión preventiva de hecho sin que exista mérito para ello».

Además, indicó que «de una detenida lectura del decreto emitido por el Tribunal se desprende cristalinamente el exceso en su competencia al habilitar el feriado judicial sin que la parte acusadora lo haya solicitado, requisito esencial para la apertura del feriado judicial. En tal sentido, dicho exceso rompe el equilibrio o paridad de armas que debe reinar en el proceso entre las partes del mismo, al suplir la judicatura omisiones de la parte acusadora».

Luego, detalló que la prórroga de prisión preventiva que pidió la Fiscalía para Del Campo y Agulles -entre otros- «al no estar pedida en forma, deviene improcedente y la judicatura no puede suplir tal omisión y menos en desmedro de las garantías judiciales de los imputados, razón por la cual sin más vuestra señoría debe proceder al cese de prisión de mis asistidos al haberse omitido el pedido de apertura de feriado judicial no pudiendo suplir oficiosamente la omisión el juez».

El defensor también destacó que el juez de Control de Garantías N° 1, Santiago Ahumada Franzzini, «fijó fecha para la audiencia de prórroga de la prisión preventiva para el día 30 de julio de 2025, esto es para después de producido el vencimiento de la prisión preventiva. (…) Debe tenerse presente que el plazo feneció el día 27 de julio del corriente año, por lo cual mis asistidos al igual que el resto de los imputados se encuentran ilegalmente privados de su libertad desde el día 28 de julio del corriente año a la fecha, sin que se haya remediado tal situación».

Según enfatizó, «el juez modificó la calificación de los hechos primigenia establecida por la acusación, esto es autor del delito de asociación ilícita en carácter de jefe y organizador, respectivamente para Del Campo y Agulles, por la de autor del delito de asociación ilícita. Ante esta resolución, el Ministerio Público Fiscal (MPF) y las distintas querellas no recurrieron, por lo cual dicha modificación en la calificación legal quedó firme, y pese a ello no se indagó a los imputados a tenor de dicha nueva calificación legal, ni se adecuó la determinación de los hechos a la misma».

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