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Revés judicial para Milei
El decreto establecía que las actividades consideradas esenciales estaban obligadas a prestar sus servicios en un 75 por ciento cuando realicen una huelga.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT), le dio la razón a la CGT en la la presentación del amparo para que no ejecute el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, mediante el cual el gobierno de Javier Milei pretendía limitar el derecho a huelga, una de las piezas clave que garantiza la Constitución Nacional a los trabajadores. De este modo, ratifica el fallo de primera instancia de la jueza Moira Fullana del Juzgado Nacional del Trabajo N° 3.
Ese decreto estableció como servicio esencial a la navegación por agua marítima y fluvial. También que las actividades consideradas esenciales estaban obligadas a prestar sus servicios en un 75 por ciento cuando realicen huelga. Entre esas actividades están los servicios de salud, el transporte de agua potable, gas y energía eléctrica, la producción de medicamentos, la educación en sus todos sus niveles, la industria alimenticia y los bancos, entre otras. En total son 17 actividades.
El fallo de la justicia Laboral lleva la firma de la jueza Silvia Pinto Varela y el juez Héctor Guisado. Mediante ese escrito se confirmó la decisión de primera instancia que suspende los artículos 2 y 3 del polémico DNU.
Esta decisión judicial sostiene que el DNU 340/2025 vulnera “en forma ostensible y manifiesta lo prescripto por el art. 99 inciso 3), de la Constitución Nacional, viola el principio básico de división de poderes y establece con modificaciones peyorativas y permanentes en los derechos de los trabajadores y sus organizaciones sindicales en materia de huelga y medidas legítimas de acción sindical, en abierta violación al derecho y principio de libertad sindical en tanto la huelga es su corolario indisociable con tutela en normas legales y garantizados por los tratados internaciones y la propia Constitución Nacional…”.