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Crimen de Miguel Ángel Ferreyra
El juez Lucas Vaccaroni rechazó el pedido de sobreseimiento que había hecho la defensa del acusado.
Juntos. Mónica Murúa (izq.) y Jorge Castro (der.) al momento en que el juez dio a conocer la sentencia.
El juez de Control de Garantías Nº 3, Lucas Vaccaroni, consideró que Jorge Castro es imputable y lo envió a juicio a él y a su madre, Mónica Murúa, por el homicidio de Miguel Ángel Ferreyra. La decisión del magistrado se conoció ayer al mediodía. Vaccaroni resolvió no hacer lugar a la solicitud de sobreseimiento total y definitivo por haber mediado circunstancia de no imputabilidad a favor de Castro; no hacer lugar a la oposición de elevación de la causa a juicio peticionada por la defensa de Castro y Murúa; hacer lugar al requerimiento fiscal de citación a juicio de Castro y Murúa; y ordenar la elevación a juicio de la causa en contra de ambos. De esta manera, los imputados Castro y Murúa quedaron más cerca del juicio. La sentencia de Vaccaroni no es definitiva puesto que la defensa tiene la posibilidad de apelar, en caso de que así lo defina.
El veredicto del juez fue respaldado con los fundamentos. En ellos, Vaccaroni dejó claro que -a su parecer- Castro sí comprende la criminalidad del acto y es imputable. “Estamos en presencia de una persona de 24 años, con una edad mental de 8/9 años, determinada por junta médica, donde la inimputabilidad no se presume automáticamente. (…) Castro es imputable y puede ser juzgado penalmente por su accionar”, detalló el funcionario judicial. El juez hizo énfasis en que “si bien Castro posee un diagnóstico de retraso mental de grado moderado con una edad mental estimada de entre 8/9 años, ello no lo privó al momento de llevar a cabo su accionar (dar muerte a Ferreyra) de comprender la criminalidad de su acto”. En este sentido, remarcó que “conforme lo mencionado por las facultativas médicas, reconoce y comprende que la acción que hizo, que fue asestar una puñalada en el tórax de la víctima realmente existió, que tiene su paralelismo con la realidad, que no es algo que solo existe en su imaginario y que la acción emprendida está mal porque fue educado y lo sabe, más allá de no poder reflexionar del porqué intrínsecamente está mal. Sabe que está mal”. También resaltó que “lo que no reconoce Castro en plenitud es la magnitud de las consecuencias que provocó su obrar. Por su nivel madurativo, comprende de forma parcial las consecuencias de sus actos”. Para el magistrado, “se puede concluir razonablemente que el imputado Castro al momento del hecho comprendía la criminalidad de su accionar. Y como consecuencia de ello, es que puede ser juzgado penalmente. Es imputable y puede responder por su accionar”. Vaccaroni señaló que “no obra prueba dirimente que explique cabalmente que el imputado Castro al momento de cometer el hecho denunciado se encontraba en un estado de inconciencia tal que le haya impedido comprender la criminalidad de sus actos”. El juez indicó que “conforme el material probatorio, Castro le asestó una puñalada a Ferreyra, y lo hizo con la intención de causar la muerte de la víctima. (…) La imputada Murúa participó activamente del hecho, atacando a la víctima con un chicote. Murúa incitó activamente a la violencia y no intervino para detener el enfrentamiento, lo que refuerza la idea de que su conducta fue deliberada y no defensiva. (…) No existe una defensa de Murúa hacia su hijo, ya que quedó probado, con el grado de probabilidad, que Murúa participó en el hecho, colaboró con su hijo Castro en golpear a Ferreyra”.
Caso
La investigación estableció, con el grado de probabilidad requerido en esta instancia, que el hecho sucedió el 10 de septiembre de 2023 en la localidad de El Bañado, departamento Valle Viejo. Las pruebas reunidas -testimoniales, inspecciones oculares, secuestros de elementos, pericias varias y registros fílmicos- permitieron reconstruir la secuencia del hecho.
Ese día, alrededor de las 10.15, Ferreyra se encontraba junto a varias personas consumiendo bebidas alcohólicas en la vía pública, cerca del canal conocido como “Canal de la Muerte”, en el barrio 140 Viviendas de El Bañado, Valle Viejo. En ese contexto, Castro llegó al lugar en una motocicleta y discutió con la víctima debido a conflictos previos. El enfrentamiento derivó en una pelea a golpes de puño, que fue interrumpida por un testigo.
Castro se retiró del lugar y regresó minutos después a pie, acompañado por su madre. Llevaba consigo dos cuchillos y una pala, mientras que Murúa portaba un látigo.
Al reencontrarse con Ferreyra, Murúa lo insultó e incitó a pelear, al tiempo que le propinaba golpes con el látigo. Un testigo intentó mediar y evitar la agresión interponiendo su motocicleta. La víctima intentó alejarse caminando, pero Castro y Murúa lo alcanzaron en la intersección de calle José Luis de Galarza y una calle sin nombre del barrio 140 Viviendas.
Allí -según se desprende de la investigación-, Castro golpeó a la víctima con la pala, mientras Murúa continuaba atacándolo con el látigo. Finalmente, con Ferreyra ya sin poder defenderse, Castro le asestó una puñalada en el tórax con un cuchillo, provocándole la muerte.
En el expediente, Castro está imputado por “homicidio simple en calidad de autor” y Murúa, por “homicidio simple en calidad de partícipe secundaria”. Castro y Murúa están acusados por esos delitos y detenidos con prisión preventiva.