viernes, 3 de enero de 2025 03:21
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Mediante una nota dirigida al procurador general de la Corte de Justicia, Tristán Lobo, el Ministerio de Gobierno a cargo de Nicolás Rosales Matienzo, apuntó a trabajar en conjunto en una regulación de la reparación del daño en el ámbito penal (previsto en el artículo 59, inciso 6, del Código Penal Argentino). El objetivo, de acuerdo con el documento, es evitar interpretaciones diversas por parte de los actores del Poder Judicial, mediante una reforma legislativa que establezca criterios claros.
“Creemos que una regulación local específica en la normativa procesal proporcionará mayor claridad y previsibilidad”, se argumenta en el texto y se especifica que el Código Procesal Penal (es decir, los procedimientos a nivel provincial) “actual no recepta expresamente la reforma del Código Penal Argentino a la cual remite, ya que no consagra las reglas de disponibilidad de la acción penal, ni criterios de oportunidad, ni la forma en cómo se instrumentará la causal de extinción de acción penal por conciliación o reparación integral del perjuicio”.
Por eso, desde la cartera política del Gobierno se propuso trabajar de manera conjunta en un anteproyecto legislativo que regule con precisión los delitos alcanzados y los requisitos necesarios para aplicar esta causal de extinción de acción penal basada en la conciliación o reparación integral del perjuicio.