lunes, 30 diciembre, 2024

Tres años de prisión en suspenso por intermediación financiera y lavado de activos

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El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°2 de la provincia de Buenos Aires condenó a un empresario a tres años de prisión en suspenso y al pago de multas por más de 250 millones de pesos, por considerarlo responsable del delito de intermediación financiera no autorizada -operar en el sistema bancario sin autorización del Banco Central- en concurso real con lavado de activos; canceló la personería jurídica de dos firmas a través de las cuales se realizaron aquellas operaciones; y ordenó el decomiso de un campo de 119 hectáreas, de un terreno de 11 hectáreas y de un automóvil.

La sentencia fue dictada el viernes 20 de diciembre en el marco de un juicio abreviado y fue propiciada por el titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Diego Velasco, y el auxiliar fiscal de la Fiscalía General N°4 ante de los Tribunales Orales en lo Penal Económico, Daniel Schurjin Almenar, quienes contaron con la colaboración en el caso de las áreas de Fraude y Mercado de Capitales, y de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la procuraduría especializada, a cargo de Vanesa Alfaro y Alberto Barbuto, respectivamente. En la querella -que se pronunció en línea con el acuerdo arribado por la fiscalía y la defensa- intervino la Unidad de Información Financiera (UIF), a través de su área de Litigios Penales, a cargo de Mariano Ezeyza.

La jueza Karina Rosario Perilli, que integró el tribunal de forma unipersonal para este proceso, homologó el acuerdo de juicio abreviado al que llegó la defensa de Diego Gerardo Nepito con los presentantes de la Ministerio Público Fiscal. La sentencia es el fruto de una investigación sobre la firma Acces Prof SA y sus responsables, Nepito y Lucila Ameghino, por actividades de intermediación financiera sin contar con la debida autorización del Banco Central, realizadas entre 2012 y 2016 a través de contratos de mutuo, títulos de crédito, contratos de cesión de derechos y operaciones de descuento de cheques de pago diferido y facturas comerciales, a partir de lo cual —según se determinó en la pesquisa— la sociedad investigada captó y colocó en el mercado recursos financieros.

También se investigó en el caso el lavado de activos proveniente de la conversión e integración en el circuito económico financiero, formal y legal de las ganancias obtenidas a través de aquellas actividades. Las operaciones de lavado tuvieron como fin evitar la trazabilidad y suprimir toda vinculación con los hechos que los originaron.

Según estableció el MPF, las conductas realizadas por las personas investigadas consistieron en:

  • Acreditaciones en cuenta corriente de importantes sumas de dinero mediante depósitos de cheques de remesa.
  • Depósitos en efectivo intercusucursales del Banco Hipotecario.
  • Transferencias interbancarias, transferencias de efectivo del mismo titular y transferencias electrónicas de fondos.

Esas sumas, informó la PROCELAC, luego eran debitadas de la misma cuenta bancaria a través de retiros en efectivo, mediante cheques cobrados por ventanilla, mostrador y por cámara compensadora electrónica.

La procuraduría determinó que otra de las maniobras de lavado de activos consistió en la capitalización de la firma Finca Los Álamos SA y en registraciones contables simuladas, tanto por parte de esa sociedad como de Acces Prof SA, a partir de lo cual se creó un circuito financiero ficticio entre ambas que le permitió a esta última respaldar ingresos y salidas de dinero mediante la celebración de contratos de cesión de créditos o aportes societarios, que revistieron de apariencia legal las operaciones de intermediación financiera no autorizada.

El delito de lavado de activos se configuró también con operaciones de compraventa de bienes inmuebles y de muebles registrables.

La sentencia

Nepito fue condenado en el proceso junto a las dos personas jurídicas, Acces Prof SA y Finca Los Álamos SA.

El empresario fue hallado responsable del delito de intermediación financiera no autorizada en concurso real con lavado de activo de origen ilícito en calidad de coautor. Además de los tres años de prisión en suspenso que acordó en el juicio abreviado, se le impuso el pago de la multa prevista para el delito de intermediación financiera no autorizada, equivalente a dos veces el valor de las operaciones, por una suma que supera los 130 millones de pesos (concretamente, $131.479.525,72), y de más de 120 millones de pesos (concretamente, $122.429.878,38) respecto de las operaciones de lavado.

En la sentencia además se dispuso la cancelación de la personería jurídica de Acces Prof SA, por considerarla responsable del delito de intermediación financiera en concurso real con lavado de activos de origen ilícito en calidad de coautora, y de Finca Los Álamos SA, por considerarla penalmente responsable del delito de lavado de activos de origen ilícito en calidad de coautora. En ambos casos se dispuso además la publicación de un extracto de la sentencia para dar publicidad a la condena.

Los decomisos dispuestos en la sentencia se dictaron respecto de un inmueble rural de 119 hectáreas, ubicado en el distrito Bowen del Departamento de General Alvear, provincia de Mendoza; un terreno de 11 hectáreas, junto con todo lo edificado en él, ubicado en la Ruta Luján-Mercedes, y un vehículo marca Hyunday I30.

Respecto de la imputada Ameghino el tribunal hizo lugar —tiempo antes de esta sentencia de juicio abreviado- a la suspensión del juicio a prueba solicitada por la defensa por el término de un año y seis meses.

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